El sector señala que la norma posibilita la apropiación de bienes particulares > “Contiene varias disposiciones violatorias de derechos humanos, garantías y principios constitucionales, como la igualdad y no discriminación, protección a la propiedad privada, libertad de empresa, libre asociación, circulación, garantía del debido proceso, derecho a la defensa, principio de impugnación, entre otros”, argumentan
El documento señala que algunos contenidos de los artículos 2, 4, 5, 6, 7, 9 y 11, además de las disposiciones adicionales tercera y cuarta, contienen varios puntos violatorios de derechos humanos, garantías y principios constitucionales, como la igualdad y no discriminación, protección a la propiedad privada, libertad de empresa, libre asociación, circulación, garantía del debido proceso, derecho a la defensa, principio de impugnación, entre otros.
El documento también explica que, debido a que la ley dispone que sólo ciertas autoridades electas como los senadores y diputados están habilitados para presentar estos recursos, están representados en esta acción a través de la diputada de Unidad Demócrata Fernanda San Martín, quien además coincide con los argumentos de los empresarios y “tiene experiencia como miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados”.
Los empresarios recuerdan que la acción de inconstitucionalidad contra esta ley fue decidida en el Congreso de Empresarios reunido el 29 de mayo pasado en Santa Cruz. A partir de entonces, -explican- el equipo de abogados de la CEPB junto a especialistas en materia constitucional, durante varios meses hicieron un análisis minucioso y profundo de la ley, y de las divergencias con los principios constitucionales.
Aclararon que “no se oponen a la creación de empresas sociales, sin embargo, cuestionan la forma cómo fue promulgada la Ley 1055 porque provoca la confrontación entre trabajadores y empleadores, desalienta la inversión y no respeta la propiedad privada”.
Fuente: El Diario.